viernes, 24 de mayo de 2013

Aclaracion sobre el Seguro de vida militar potestativo




Para entender el pago de Compensación por licencia ilimitada articulo 134 de la Ley organica del Ejercito y Fuera Aerea Nacionales anterior asi como la Ley del ISSFAM  del año 1976, y no la actual  se darán cuenta que el personal con licencia tenia la facultad de seguir cubriendo la cuotas del 5 por ciento del sueldo de su grado  para poder continuar teniendo los beneficios del Servicio medico y el seguro de vida potestativo, algunos cubrían dicho seguro hasta la fecha, otros no por lo cual solo se les pagara su compensación  a que tienen derecho Ejemplo a este individuo que le hice el tramite se le pago la cantidad de 62,400 pesos moneda nacional, por que no cubrió el pago de seguro de vida potestativo durante su licencia, si este  elemento hubiera pagado el seguro  y en este momento ya no lo quisiera pagar se le estaría pagando la cantidad de  que se establecia en la ley anterior como único pago   y desde ese momento el ISSFAM ya no le proporcionaría la atención medica por dejar de cubrir las cuotas asi  que su familia ya no tendría derecho a la atención medica en las instalaciones militares  espero que entiendan estas cuestiones que fueron provocadas por la publicación del reglamento de la Ley del ISSFAM recientemente  y que es lo que quiere decir no lo que algunos entendemos como si nosotros tuviéramos derecho al seguro potestativo, que por cierto ya no lo pagamos desde hace mucho tiempo




 

2 comentarios:

  1. ESO SE LLAMA COMPENSACION DE SERVICIO, UN SGURO DE CUALQUIER TIPO NO COMPENSA EL TIEMPO DE SERVICIO, SI OBSERVAN USTEDES EL FORMATO ES UNA SOLICITUD DE COMPENSACION DE SERVICIO EN LA LEY DEL ORGANICA DEL EJERCITO DEL 2012 EL ARTICULO 134 SE REFIERE A OTRAS COSAS, TODAS LAS LEYES TIENEN EL OBJETO ALCANZAR MEJORAS PARA EL PERSONAL, NO PARA PERJUDICAR AL PERSONAL APLIQUEN LA LEY DE 1976 Y NO LA ACTUAL, PARA ESO SON LAS NUEVAS REFORMAS, EL SEGURO POTESTATIVO EL ISSFAM TIENE LA OBLIGACION DE ACLARARNOS , NOSOTROS NADAMAS SOLICITAMOS, ELLOS DEBEN CONTESTARNOS LA PROCEDENCIA NEGATIVA O POSITIVA., ¿CUANDO ENTONCES PROCEDE?¿O PORQUE NO PROCEDE?

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  2. hola! buenas noches! sería tan amable de indicarme si existe algún artículo de la Ley del Issfam que contemple las sanciones aplicables a militares y civiles involucrados en malversación de haberes de retiro y otorgamiento indebido de beneficios a terceros que no sean los beneficiarios designados por el militar?, podría proporcionarme su correo electrónico y el teléfono de su trabajo para futuras consultas, por favor?, de antemano, gracias por su tiempo y atención prestados al particular.

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